Lo primero que tenemos que entender es que el uso de extintores (y de cualquier tipo de sistema de extinción de incendios) está contemplada en los reglamentos subsiguientes. Tanto si estamos hablando de un establecimiento industrial como si se trata de una vivienda, las personas que diseñan el proyecto (arquitectos en la parte de diseño e ingenieros para las instalaciones) tienen que tener en cuenta determinada legislación muy importante, y siempre incluir un proyecto contra incendios.

Como ciudadanos debemos saber que los Ayuntamientos e Industria se encargan de velar porque el reglamento se cumpla. Las personas que van a diseñar estos proyectos son profesionales competentes en la interpretación de estos reglamentos.

¿Qué reglamento se aplica en un establecimiento industrial?

Aplicaremos en este caso el reglamento de seguridad contra incendios en establecimientos industriales. En este Reglamento los técnicos nos apoyamos para la correcta implantación de las medidas pasivas y activas de protección. Un tema que siempre tenemos que tener en cuenta es que lo que los reglamentos pretenden evitar son dos temas fundamentalmente.

Por una parte que las personas sufran accidentes, para ello se diseñan las salidas, pasillos, escaleras, iluminación, señalización … adecuada para que las personas que trabajan en dicho establecimiento no sufran daño y salgan lo más rápido posible. Y por otra parte que el incendio no se propague a los establecimientos adyacentes.

¿Qué extintores tenemos que usar en una vivienda?

Igual que en los establecimientos industriales, existe una normativa específica que hemos de cumplir. En este caso el CTE (Código Técnico de la Edificación), en su Documento básico de seguridad en caso de incendios (DBSI). Este documento nos explica cómo el que diseña la vivienda tiene que reducir al mínimo el riesgo de los ocupantes (el riesgo cero no existe), la llamada prevención de incendios en edificios.

Es un documento muy extenso que el técnico competente irá asegurando punto a punto, limitando el riesgo de propagación del incendio por el interior y hacia el exterior del edificio, diseñando el edificio de tal modo que sus ocupante evacúen rápidamente el mismo y disponiendo los equipos para poder contenerlo o extinguirlos. Es este punto el que nos ocupa ahora mismo. Así nos encontraremos que este Documento me indica que tiene que existir extintores postatiles, de eficacia 21A-113B a quince metros de recorrido en cada planta, como máximo desde cada origen de evacuación. También me establece la obligación de instalarlos en las zonas de riesgo especial.

Ahora bien, ¿qué se considera origen de evacuación?. El código técnico me va dando los diferente criterios, en función de la ocupación del edificio, de la salida de planta, del espacio exterior seguro, etc. Lo que es cierto es que el código técnico me da unos mínimos, pero normalmente se suele ser un poco “generoso” en este aspecto.

Así nos encontramos con extintores en cada planta (obligatorios), en garajes particulares (obligatorios o no), junta a calderas de gasoil (no deja de ser un almacenamiento de productos químicos). Otro ejemplo de ello son los pequeños extintores en cocinas y coches (no obligatorios éstos últimos actualmente pero no por ello menos útiles). 

Siempre que adquiramos un extintor tenemos que tener en cuenta:

  • Qué tipo de extintor vamos a adquirir. Hay tablas que nos indican en función de a qué tipo de incendio creamos que es posible que nos vayamos a enfrentar optaríamos por un tipo u otro. Lo más normal es instalar un extintor polvo ABC, ya que es más fácil de usar.
  • Leer atentamente las instrucciones de uso del mismo. Comprobar que la presión de la carga es la apropiada, mirando el manómetro (la aguja en la parte verde). Si tuviéramos que usarlo tener en cuenta que hemos de removerlo un poco antes de su utilización (el agente extintor pesa más que el agente propelente).
  • Tan interesante como adquirir extintor para uso doméstico lo será instalar detectores de humo, baratos, fáciles de usar, y que al detectar humo suenan de tal forma que avisan de la presencia de humo.

De todos modos siempre hemos de tener en cuenta que ante un posible incendio lo que tenemos que hacer es cerrar las llaves del paso del gas ( si lo hubiera), de la luz, y escapar del mismo. Si nos encontramos en una estancia de la que no podemos salir, no abriremos nunca puertas ni ventanas, taparemos rendijas con toallas húmedas, nos agacharemos y conservaremos la calma.

Marta Palacios Larrañaga
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