Valoración de árboles ornamentales
La valoración de los árboles ornamentales es el procedimiento de tasación por el cual se intenta conocer el valor económico del árbol. Normalmente esta valoración se realiza porque no hay árboles similares en el mercado. Ya que una vez que se quiere tasar la valoración de un árbol, lo primero que se intenta es saber el precio que tiene dicho árbol en el mercado o uno de características similares.
La Norma Granada
Dicha valoración ornamental se realiza a través de la Norma Granada la cual es un procedimiento clásico de valoración utilizado por los tasadores, el cual tiene en cuenta distintos factores que le otorgan valor a los árboles, además de la leña, como pueden ser el factor paisajístico, ambiental, social y cultural. La Norma Granada fue impulsada y redactada por una comisión de la Asociación Española de Parques y Jardines Públicos y cuenta con el aval de la Asociación Española de Arboricultura. Dicha norma hace una diferenciación entre los árboles ornamentales sustituibles que son los que pueden comprarse y replantarse y los árboles no sustituibles que son los que no pueden conseguirse en viveros.
Un ejemplo claro para la aplicación de la Norma Granada es el caso de los olivos milenarios. Dicha norma nos servirá para buscar el valor de los olivos, ya que en el mercado estos se ofertan por un precio mucho más bajo que su precio real.
Los tasadores en su valoración de árboles ornamentales tienen que justificar el valor que le dan al árbol, ya que hay situaciones en las que dicha tasación tendrá que ir refrendada por un juez, en los supuestos en los que haya algún procedimiento abierto el cual necesite la valoración de un árbol ornamental como puede ser por ejemplo que se pida la valoración de un árbol centenario infestado por una plaga la cual produce molestias a vecinos colindantes.
El valor de los arboles ornamentales en una misma zona no podrá ser diferente, es decir todos los árboles del mismo tipo tendrán que tener el mismo valor, dicha valoración se realizará conforme al precio que tenga en el mercado, el uso que se hace de dicho árbol, su localización, la peculiaridad del árbol y por último su clima y condiciones de cultivo.
Por lo que respecto a la Norma Granada, podríamos decir que esta solo tiene sentido si el árbol a valorar es insustituible, pero esto no es del todo cierto ya que la norma nos ayuda a encontrar aquellos aspectos que otorgan al árbol su particularidad y características esenciales.
¿Es la misma para la valoración de árboles frutales?
La valoración de árboles frutales se realiza con otra norma y distintos procedimientos. Ya que en este tipo de árboles los factores determinantes son los años en los que pueden ser productivos y el beneficio del fruto que producirán. Es aconsejable que dependiendo del tipo de árboles que necesitemos valorar nos pongamos en contacto con profesionales diferentes, ya que no todos son expertos en el mismo tipo de árboles.