Arquitectos e ingenieros especialistas en certificado antigüedad de vivienda en Islas Canarias
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El proceso comienza con la solicitud del certificado en el ayuntamiento correspondiente al municipio donde se localiza la vivienda. El interesado deberá presentar la siguiente documentación:
1. Solicitud escrita del Certificado de Antigüedad, que incluya la identificación del solicitante y la descripción detallada de la vivienda.
2. Fotocopia del DNI, NIE o pasaporte del propietario o solicitante.
3. Escritura de propiedad o documento que acredite la titularidad del inmueble.
4. Plano de ubicación y, si es posible, fotografías que ayuden a identificar la vivienda.
5. Pago de la tasa correspondiente, cuyo importe varía en función de la normativa municipal.
Una vez presentada toda la documentación, personal técnico del ayuntamiento realizará una inspección in situ para comprobar la realidad física de la construcción y su correspondencia con los datos registrales y/o catastrales disponibles. El técnico responsable elaborará un informe sobre la antigüedad de la vivienda, basándose en evidencias como fotografías aéreas, datos catastrales o cualquier otro documento que pruebe la existencia de la vivienda en una fecha determinada.
Tras la verificación, si todo está en orden, el ayuntamiento expedirá el Certificado de Antigüedad de Vivienda, con la firma de un técnico competente y el sello de la corporación municipal. Este certificado puede requerir su posterior inscripción en el Registro de la Propiedad, proceso que el propietario debe realizar a través de un notario, quien preparará la escritura pública correspondiente y la presentará en el Registro para su inscripción, dando validez legal plena al documento y a la situación de antigüedad reconocida de la vivienda.
En resumen, obtener el Certificado de Antigüedad de Vivienda en las Islas Canarias requiere de un trámite administrativo que involucra la presentación de documentación específica y, a menudo, una inspección técnica municipal, culminando con la inscripción en el Registro de la Propiedad si así se requiere.
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