Legalización de instalación contra incendios
¿En qué consiste legalización de instalación contra incendios? ¿Cuánto cuesta? ¿Cuándo la necesito? Nosotros te contamos todo lo que necesitas saber.
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Todo lo que necesitas saber sobre legalización de instalación contra incendios
¿Qué es la legalización instalación contra incendios?
La legalización de las instalaciones de protección contra incendios es un procedimiento administrativo mediante el cual la Administración autonómica, a través de una empresa privada por ella autorizada, verifica que la instalación para prevenir y extinguir incendios existente en un inmueble es adecuada y sigue las disposiciones contenidas en la legislación vigente en ese campo.
En este sentido podemos ver que la legalización de las instalaciones de protección contra incendios tiene, al menos, tres sujetos. El primero de ellos es la empresa propietaria del inmueble, la que quiere comenzar su actividad económica y necesita de la legalización de las instalaciones de protección contra incendios para poder echarla a andar. Esta actividad puede ser de carácter industrial o no, teniendo, en su caso, diferencias a la hora de efectuar los trámites y distintas necesidades en los mismos.
El segundo sujeto es la empresa instaladora. Esta ha de tener una acreditación por parte de la comunidad autónoma correspondiente que la faculte llevar a cabo este tipo de legalización de las instalaciones de protección contra incendios. Normalmente dicha autorización la expiden directamente dese Industria o Comercio, aunque las Consejerías varían entre unas autonomías y otras. La empresa instaladora se encargará tanto de la revisión de las instalaciones contra incendios como, en su caso, de la corrección y arreglo de las posibles fallas que hubiese encontrado en tal análisis. Además, será la encargada de expedir el documento que facultará al empresario ante la Administración como garante de la legalización de las instalaciones de protección contra incendios.
Por último, la Administración encargada de gestionar y dar el visto bueno a esta legalización de las instalaciones de protección contra incendios será la autonómica, frecuentemente la Consejería o Dirección General titular de la competencia de industria. Habitualmente la aprobación de lo decretado por la empresa instaladora se tratará poco menos que de un mero trámite.
Hablamos, pues, de la instalación en establecimientos y zonas de uso preferentemente industrial (aunque no siempre) de aparatos, sistemas y equipos que, definidos y enumerados por la propia legislación, sirvan, en su caso, para la protección ante incendios y la extinción de los mismos de diferente orden y magnitud. Es un elemento vinculado a la seguridad, en primer lugar, de la empresa, pero que se extiende más allá cuando hablamos de equipos industriales, donde el peligro de explosiones graves e incluso de emisión de elementos contaminantes es muy alto.
Es muy frecuente que una legalización de las instalaciones de protección contra incendios se autorice junto con la legalización de la propia actividad, incluyendo en el proyecto de la misma un apartado bien diferenciado en el que se describan todos los pasos realizados en materia de protección contra incendios. Eso sí, deberá adjuntarse también el certificado de su instalación. No obstante, y dependiendo de la normativa autonómica, esto podría no servir siempre, especialmente en establecimientos industriales de especial riesgo, como centrales eléctricas o térmicas.
Normativa y requisitos de la legalización instalación contra incendios
Existe abundante normativa al respecto, que podemos dividir en dos grandes ramas, dependiendo de si el edificio donde se procederá a la legalización de las instalaciones de protección contra incendios tiene uso industrial o no.
En el primero de los casos la norma básica es el Real Decreto 2267/2004, aprobado el 3 de diciembre de ese año, que contiene el Reglamento de seguridad contra incendios en los establecimientos industriales. Este Real Decreto apareció publicado, a efectos de consulta, en el Boletín Oficial del Estado del 17 de diciembre de 2014. Curiosamente la existencia de un gran número de errores y erratas en su texto hizo necesaria la publicación de una corrección, que se publicó en el Boletín Oficial del Estado el 5 de marzo de 2005.
Habremos de tener en cuenta también la Ley 21/1992, aprobada el 16 de julio de ese año, de Industria; y el Reglamento del Registro Integrado Industrial, aprobado en Real Decreto 559/2010, de 7 de mayo de 2010.
En el caso de que hablemos de una legalización de las instalaciones de protección contra incendios en establecimientos no industriales (como un edificio, un local de ocio o un centro comercial), tendremos que fijar nuestra atención en el Código Técnico de la Edificación, publicado en el Boletín Oficial del Estado del 28 de marzo de 2006 y que recoge el Real Decreto 314/2006. Específicamente tomaremos atención del llamado Documento Básico de Seguridad en Caso de Incendio, contenido en dicho código.
Asimismo existe abundante normativa autonómica al respecto, así como normativa europea que regula y coordina las normas en diferentes países.
La documentación que debes aportar para realizar la legalización de tus instalaciones de protección contra incendios puede variar de unas comunidades autónomas a otras, pero fundamentalmente se compondrá de los siguientes documentos:
El primero de ellos es el certificado de instalación contra incendios, que habitualmente tiene que presentarse por duplicado y que, evidentemente, vendrá expedido por una empresa autorizada a tal efecto y constando de forma clara su ficha técnica descriptiva. Además habrá que adjuntar las escrituras de constitución de la empresa propietaria de esa instalación, la fotocopia del DNI del representante de la empresa propietaria de esa instalación (con los respectivos poderes, si procediera), la memoria de características de instalación, el boletín de las instalaciones de agua (y, en su caso, otros productos que pudieran resultar sofocadores en caso de incendio) y el acta de prueba de presión firmado por la empresa constructora y por el instalador del contador de agua contra incendios. Además, en el caso de que hablemos de establecimientos industriales habrá que agregar a estas necesidades documentales el proyecto técnico y la memoria técnica, con autorización del colegio que corresponda a cada caso; el certificado de dirección técnica; la hoja de notificaciones de datos en el Registro de Establecimientos y las justificaciones de cumplir con los requisitos de seguridad.
Has de tener en cuenta que aunque el aporte documental pueda parecer muy extenso en número, en realidad hablamos de documentos de gran importancia y de uso casi diario a efectos administrativos, por lo que lo más seguro es que todos ellos, o la mayoría, los tengas perfectamente inventariados…
¿Cuándo solicitar una legalización instalación contra incendios?
El certificado de legalización de las instalaciones de protección contra incendios será necesario antes de iniciar el proceso de apertura de cualquier instalación. Por lo tanto será necesario que lo solicites cuando se hayan terminado todas las obras relacionadas con las instalaciones de protección contra incendios y antes de realizar la apertura del local o inmueble. Esta condición es absolutamente obligatoria, por lo que has de tener claro que deberás contar con la legalización de las instalaciones de protección contra incendios antes de ver tu local funcionando. De igual forma tendrás que tramitar ante la Administración que corresponda, bien municipal o local, los diferentes contratos y certificados que atestigüen tu adecuada política en la legalización de las instalaciones de protección contra incendios.
De esta forma, la puesta en servicio de las instalaciones deberá contar obligatoriamente con la fundamentación de la legalización de las instalaciones de protección contra incendios.
Eso sí, puede ocurrir que en instalaciones que se encuentren incluidas dentro de la construcción o reforma de un determinado establecimiento industrial, la descripción de las mismas afectadas por la obra incluya ya los preceptivos permisos y autorizaciones en el mismo proyecto de legalización de la misma actividad. Esto se suele realizar con el objetivo de obtener las licencias preceptivas de forma más rápida, y en estos casos el certificado de puesta en marcha de la instalación es suficiente para dar por buena la legalización de las instalaciones de protección contra incendios.
Las comprobaciones se harán sobre el terreno en el mismo inmueble sobre el que se deba realizar tal legalización de las instalaciones de protección contra incendios, y consistirán en testar equipos tales como los extintores, los detectores de humo, las bocas de agua y, en general, cualesquiera otros que pudieran tener importancia en un eventual caso de incendio.
En ese caso la pregunta es de complicada respuesta, por cuanto la cifra final a pagar a la empresa instaladora encargada de la legalización de las instalaciones de protección contra incendios depende de un montón de factores, tales como el tamaño del inmueble, la complejidad de la instalación, la calidad de la misma, la necesidad o no de realizar reparaciones sobre ella, la posible existencia de un contrato que prevea posteriores revisiones periódicas sobre la instalación o la reposición de extintores y detectores si hubiese hecho falta. El precio lógicamente se disparará en instalaciones complejas, con bocas de incendio y rociadores que exigen tener sistemas de almacenamiento de agua o equipos para la extinción de incendios basados en CO2. A esto debes de sumar el precio de la gestoría si quieres que los aspectos legales de la legalización de las instalaciones de protección contra incendios sean llevados por profesionales.
¿Cómo conseguir una legalización instalación contra incendios?
El primer paso para conseguir una legalización de las instalaciones de protección contra incendios es ponerse en contacto con una empresa instaladora que esté autorizada por el Gobierno autonómico correspondiente para llevar a cabo este tipo de revisiones. En el caso ideal esta empresa será la que hubiese ejecutado las instalaciones en su día, lo que haría mucho más rápido y sencillo el trámite, pero eso no es, en modo alguno, obligatorio.
En el caso de que la empresa considere que todo está adecuado a la normativa se expedirán los certificados para esos equipos (que son, por ejemplo, las etiquetas que siempre se ven en los extintores y donde pone la fecha de la última revisión y el plazo hasta la siguiente). Es muy habitual, además, que el trámite concluya con la firma de un contrato de mantenimiento de estas cuestiones dentro de las instalaciones o el inmueble en concreto, todo lo cual será presentado ante la Administración autonómica. Evidentemente en el caso de que sea necesario realizar algún tipo de reparación en cualquier aspecto relacionado con las instalaciones de protección ante incendios la misma empresa procederá a realizarlos o, en su caso, a indicarte a qué tipo de técnico te tienes que dirigir, para posteriormente revisar el resultado final y darle el visto bueno.
La empresa instaladora que se encargue de la legalización de tus instalaciones de protección contra incendios, al final de su inspección tendrá que emitir varios documentos que posteriormente deberán ser entregados ante la Administración competente.
El principal es el boletín de instalación de la protección contra incendios, que no es sino un certificado que registra la instalación realizada en tu inmueble para que cumpla la legalización de las instalaciones de protección contra incendios.
Además de ello la empresa instaladora reproducirá por escrito los resultados de las pruebas que ha ido realizando según las necesidades que prevea la normativa, incluyendo las fichas técnicas de todos los equipos y aparatos relacionados en el proceso de extinción de incendios. También podrá adjuntar, en caso de haberse expedido, el contrato de mantenimiento con esa u otra empresa para la vigilancia y mantenimiento posterior de esas instalaciones. Por último, es posible que aparezca igualmente el certificado de la inspección inicial, en los casos en que su presentación sea obligatoria.
Los documentos que la empresa instaladora encargada de la legalización de las instalaciones de protección contra incendios de tu instalación emita deberán ser entregados ante la Administración autonómica, concretamente ante los órganos que se ocupan de Industria y Energía, dependientes de diferentes Consejerías dependiendo de la comunidad autónoma de la que se trate. Es muy habitual que este trámite lo lleve a cabo la propia empresa instaladora, pero también puedes realizarlo tú personalmente. Igualmente podrás contar con la ayuda de una asesoría que te guíe por este y otros aspectos puramente jurídicos de todo el proceso.
Cuanto cuesta legalización de instalación contra incendios
La legalización de una instalación contra incendios es un proceso fundamental para cumplir con la normativa vigente, asegurando así la protección y seguridad en edificios y establecimientos. Este proceso involucra la verificación y el cumplimiento de requisitos técnicos específicos, así como la adecuación a los estándares establecidos por la legislación.
El coste de la legalización puede variar dependiendo de diversos factores, como el tamaño del inmueble, la complejidad de la instalación y la comunidad autónoma donde se encuentra el edificio. En términos generales, la legalización de una instalación contra incendios puede costar entre *400 € y 1.500 €* aproximadamente.
Este precio incluye la elaboración de proyectos técnicos por parte de profesionales cualificados, la gestión de trámites administrativos necesarios, y la obtención de los certificados que demuestran el cumplimiento de las normativas de seguridad contra incendios. Es importante considerar que un proyecto más complejo o de mayor envergadura podría incrementar el coste.
Es esencial llevar a cabo un análisis detallado de las necesidades específicas de cada instalación para proporcionar una protección efectiva contra incendios y garantizar que el sistema esté correctamente legalizado, proporcionando así seguridad a propietarios y ocupantes del edificio.
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¿Te surgen más dudas sobre legalización de instalación contra incendios? Nosotros te las resolvemos
- Certificado de la instalación registrado (Boletín instalación de protección contra incendios).
- Resultados de las pruebas de presión y de puesta en servicio realizadas de acuerdo a la normativa, incluidas las fichas técnicas de equipos y aparatos.
- Contrato de mantenimiento de las instalaciones entre el titular de la instalación y la empresa mantenedora.
- Certificado de la inspección inicial, cuando sea preceptivo.
- Código Técnico de la Edificación (CTE).
- Reglamento de seguridad contra incendios en establecimientos industriales (RSCIEI).
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