Segregación de fincas
en Castilla-La Mancha
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¿Cómo obtener la segregación de parcela urbana en Castilla-La Mancha?
El siguiente paso es recopilar toda la documentación necesaria. Esto incluye, entre otras cosas, el título de propiedad de la finca, el certificado catastral y el plano parcelario actualizado. Una vez reunida esta información, el técnico se encargará de la elaboración del proyecto, que incluirá la descripción detallada de las nuevas parcelas resultantes de la segregación.
Con el proyecto completado, es momento de presentarlo ante el Ayuntamiento correspondiente, que evaluará si cumple con la normativa urbanística local. Si todo está en orden, se emitirá una licencia de segregación. Posteriormente, esta licencia debe ser inscrita en el Registro de la Propiedad para que la segregación sea oficialmente reconocida.
En resumen, contar con la asistencia de un técnico especializado en Castilla-La Mancha agiliza y asegura que el proceso de segregación de fincas se realice de manera correcta y sin contratiempos.
¿Cuánto cuesta realizar la segregación de fincas en Castilla-La Mancha?
Se han solicitado 194 presupuestos de segregación de fincas en la comunidad autónoma de Castilla-La Mancha . El precio mínimo son 500€ y el precio máximo son 2000€, a los que hay que sumarle el IVA y las tasas administrativas de registro, que varían dependiendo de la comunidad autónoma.
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administrativas. Nuestros precios lo llevan todo incluido.
· Cada técnico estipula sus honorarios por el servicio. Pide presupuesto sin compromiso
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· El presupuesto puede variar mucho dependiendo de algunos factores determinantes, como la
localización y tamaño de la vivienda o inmueble.
¿Te surgen más dudas sobre segregación de fincas? Nosotros te las resolvemos
- Encargar un proyecto de segregación de fincas a un técnico competente
- Solicitar la licencia en el ayuntamiento, o declaración de innecesariedad
- Hacer la escritura en el notario
- Inscribir la nueva finca en el Registro de la Propiedad, que lo puede hacer la propia notaría
- “Ley 13/2015, de 24 de junio, de Reforma de la Ley Hipotecaria aprobada por Decreto de 8 de febrero de 1946 y del texto refundido de la Ley de Catastro Inmobiliario, aprobado por Real Decreto Legislativo 1/2004, de 5 de marzo”.
- Ley del Suelo autonómica correspondiente, además de la Ley del Suelo 8/2007, de carácter estatal.
- Planeamiento municipal vigente: Plan General de Ordenación Municipal o Normas Subsidiarias
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