Arquitectos especialistas en certificado de idoneidad técnica en Castilla-La Mancha
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1. Contratación de un Técnico Competente: El propietario del inmueble debe contratar a un técnico competente, que generalmente es un arquitecto o aparejador, para que realice la inspección técnica del edificio.
2. Realización de la ITE: El técnico inspeccionará el edificio para evaluar aspectos como la estructura, fachada, cubiertas, instalaciones, y otros elementos constructivos o comunes, para identificar posibles deficiencias o incumplimientos con la normativa vigente.
3. Informe de la ITE: Tras la inspección, el técnico emitirá un informe en el que detallará las condiciones del edificio y si es necesario realizar alguna intervención para corregir deficiencias.
4. Solicitud de Certificado de Idoneidad Técnica: Si el informe de la ITE es favorable, es decir, no detecta problemas graves o estos han sido corregidos, el técnico, junto con el propietario, o la comunidad de propietarios, puede solicitar el certificado de idoneidad técnica en el ayuntamiento correspondiente o en el órgano competente de la administración.
5. Revisión y Aprobación: El ayuntamiento revisa el informe presentado y, si todo está conforme, emite y otorga el certificado de idoneidad técnica, que es un documento oficial que acredita que el edificio cumple con los estándares necesarios para su correcta habitabilidad y seguridad.
6. Registro del Certificado: Ciertos ayuntamientos pueden requerir que se registre el certificado en un registro específico de edificios inspeccionados para un mayor control y seguimiento.
Es importante destacar que, si en la ITE se detectan deficiencias que deben ser corregidas, el propietario deberá llevar a cabo las obras necesarias y, una vez finalizadas, se deberá realizar una nueva ITE para verificar que las mejoras cumplen con la normativa. Con un informe favorable post-obras, se podrá proceder a solicitar el certificado de idoneidad técnica.
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