Especialistas en subsanación de discrepancias catastro en Andalucia
Encuentra en el directorio a los mejores profesionales y empresas expertos en subsanación de discrepancias de catastro. Lee opiniones de otros clientes, sus descripciones y otra información relevante acerca de especialistas en subsanación de discrepancias catastro. Elige al que prefieras y contacta con él.
Para obtener un informe de Subsanación de discrepancias de catastro en Andalucía, se deben seguir varios pasos:
1. Identificación de la Discrepancia: El primer paso es reconocer que existen discrepancias entre la realidad física de la propiedad y la información registrada en el Catastro. Esto puede descubrirse mediante una notificación del propio Catastro o por el titular de la propiedad al comparar su documentación.
2. Presentación de Documentación: Posteriormente, se debe preparar la documentación necesaria para subsanar la discrepancia. Esto puede incluir escrituras de propiedad, planos de situación, certificación descriptiva y gráfica, e incluso informes técnicos de arquitectos o ingenieros cuando las discrepancias son de carácter técnico.
3. Solicitud Electrónica o Presencial: El interesado podrá presentar su solicitud de manera electrónica, accediendo al portal de la sede electrónica del Catastro, o bien de manera presencial, en las oficinas del Catastro habilitadas para tal efecto en Andalucía, cumplimentando los formularios correspondientes y adjuntando la documentación requerida.
4. Proceso de Revisión: Una vez presentada la solicitud con toda la documentación, la Dirección General del Catastro procederá a su revisión. Puede que se requiera una visita al inmueble para verificar las discrepancias.
5. Resolución y Registro: Tras la revisión, el Catastro emitirá una resolución con la que se aceptará o se rechazará la subsanación propuesta. En caso de aceptación, se procederá al ajuste de los datos catastrales y se emitirá un nuevo informe de Subsanación de Discrepancias de Catastro. Este informe actualizado deberá ser inscrito en el Registro de la Propiedad correspondiente para que tenga efectos jurídicos plenos.
6. Notificación al Propietario: Finalmente, se notificará al propietario o solicitante la actualización de la información catastral y, si procede, se le informará sobre las posibles repercusiones tributarias derivadas de este cambio, como la revisión de los valores catastrales y, por ende, de los impuestos relacionados.
Es importante tener en cuenta que la exactitud de los datos provistos al Catastro es responsabilidad del propietario y que cualquier discrepancia no subsanada puede conllevar problemas en futuras transacciones o ajustes tributarios.
Todos los profesionales
Mas de trescientas certificaciones energéticas realizadas. Mas...