Arquitectos e ingenieros especialistas en licencia de primera ocupación en Aragón
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Para iniciar el trámite, una vez finalizada la construcción del edificio, el promotor debe dirigirse al Ayuntamiento correspondiente para presentar la solicitud de la licencia de primera ocupación. Es necesario aportar la siguiente documentación acreditativa:
1. Solicitud formalizada mediante un modelo oficial.
2. Certificado final de obras firmado por el arquitecto director y el aparejador o arquitecto técnico que haya dirigido la ejecución material de la obra.
3. Certificado del colegio oficial que avale la autenticidad de la firma de los profesionales mencionados.
4. Fotografías de la obra terminada.
5. Plano de situación del edificio.
6. Justificante del pago de las tasas correspondientes.
Es fundamental resaltar que el certificado final de obras debe asegurar que la edificación se ajusta al proyecto para el cual se concedió la licencia de construcción, incluyendo tanto el cumplimiento de la normativa urbanística como las condiciones de habitabilidad y seguridad.
Una vez presentada toda la documentación y efectuado el abono de las tasas, el Ayuntamiento procede a realizar una inspección técnica de la edificación para verificar que todo está conforme con lo declarado. En caso de que todo esté correcto, se procederá a emitir la licencia de primera ocupación. Esta licencia es indispensable para dar de alta servicios como el agua, la electricidad y el gas, ya que las empresas suministradoras requieren este documento para proceder con las conexiones.
En el caso de que existan deficiencias o las inspecciones revelen que la edificación no cumple con las condiciones necesarias, el solicitante deberá realizar las correcciones pertinentes antes de que se pueda otorgar la licencia.
Una vez concedida la licencia de primera ocupación, ésta debe ser registrada en el Registro de la Propiedad como parte del Libro de Edificio, permitiendo así formalizar jurídicamente la finalización del proceso constructivo y el inicio de su uso efectivo.
Es importante destacar que la normativa y los procedimientos pueden variar dependiendo del municipio, por lo que se recomienda contactar directamente con el Ayuntamiento local para obtener información detallada y actualizada.
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