Licencia de derribo
en Islas Baleares
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¿Cómo obtener el licencia de derribo en Islas Baleares?
El solicitante de la licencia de derribo también deberá aportar una serie de documentos, que por lo general incluyen la escritura de propiedad del inmueble, certificados de estar al corriente de pagos fiscales y, en algunos casos, un estudio de seguridad y salud. Además, según la ubicación y características del edificio, puede ser necesario realizar un estudio de impacto ambiental o un plan de gestión de residuos si el derribo implica el manejo de materiales peligrosos o una gran cantidad de escombros.
Después de que se presenten todos los documentos requeridos, el ayuntamiento realizará la valoración pertinente y, tras el pago de las tasas establecidas, otorgará la licencia si se cumplen todas las condiciones y no existen impedimentos legales para el derribo. Es importante señalar que en zonas con patrimonio histórico o protección especial, los procedimientos y requisitos para obtener la licencia de derribo pueden ser más estrictos y requerir autorizaciones adicionales de organismos supramunicipales.
Cada municipio puede tener particularidades en su proceso, por lo que es recomendable consultar en el ayuntamiento correspondiente o en su página web para obtener información actualizada y detallada sobre los pasos a seguir para el trámite de la licencia de derribo en la provincia de Islas Baleares.
¿Cuánto cuesta realizar la licencia de derribo en Islas Baleares?
Se han solicitado 11 presupuestos de licencia de derribo en Islas Baleares . El precio mínimo son 1300€ y el precio máximo son 15000€, a los que hay que sumarle el IVA y las tasas administrativas de registro, que varían dependiendo de la comunidad autónoma.
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· El presupuesto puede variar mucho dependiendo de algunos factores determinantes, como la
localización y tamaño de la vivienda o inmueble.
¿Te surgen más dudas sobre licencia de derribo? Nosotros te las resolvemos
- Impreso cumplimentado.
- Fotocopia de D.N.I./N.I.E./Pasaporte o C.I.F.
- Justificante del pago de la tasa.
- Acreditación de la representación en caso de actuar con representante.
- Fotocopia de la escritura del terreno o nota simple del Registro.
- Recibo del I.B.I. de la Edificación.
- Copia de escritura de constitución de la Sociedad en el Registro Mercantil y fotocopia del poder, en caso de Sociedades.
- Ficha estadística de edificación y vivienda.
- Proyecto técnico realizado por un técnico competente y visado por el colegio profesional correspondiente:
- Memoria técnica explicativa de las características de los trabajos, con indicación del programa y coordinación de los mismos, así como de las precauciones a tomar en relación a la propia obra, vía pública y construcciones y propios vecinos.
- Plano de emplazamiento.
- Croquis de plantas, alzados y secciones.
- Fotografías en las que se pueda apreciar si existe algún elemento de interés especial para el Ayuntamiento, desde el punto de vista histórico, artístico o tradicional.
- Presupuestos por capítulos a precios de mercado.
- Nombramiento del Director de Obra y del Director de Ejecución de la Obra.
- Certificado de andamios, si fuera necesaria su colocación.
- Plan de Gestión de Residuos de construcción y demolición.
- Proyecto técnico realizado por un técnico competente y visado por el colegio profesional correspondiente:
- Memoria técnica explicativa de las características de los trabajos, con indicación del programa y coordinación de los mismos, así como de las precauciones a tomar en relación a la propia obra, vía pública y construcciones y propios vecinos.
- Plano de emplazamiento.
- Croquis de plantas, alzados y secciones.
- Fotografías en las que se pueda apreciar si existe algún elemento de interés especial para el Ayuntamiento, desde el punto de vista histórico, artístico o tradicional.
- Presupuestos por capítulos a precios de mercado.