Segregación de fincas
en Castellón
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¿Cómo obtener la segregación de parcela urbana en Castellón?
Primero, es fundamental contratar a un técnico competente, como un arquitecto o ingeniero, que se encargue de elaborar un proyecto de segregación. Este profesional analizará la parcela original y diseñará la división acorde a las normativas urbanísticas vigentes en Castellón.
Una vez elaborado el proyecto, se debe presentar una solicitud de licencia de segregación en el Ayuntamiento correspondiente. Esta solicitud incluirá el proyecto técnico, planos detallados, y documentación relativa a la propiedad. El Ayuntamiento evaluará la solicitud y, en caso de cumplir con todos los requisitos, otorgará la licencia.
Con la licencia aprobada, el siguiente paso es realizar la inscripción de la nueva configuración de las parcelas en el Registro de la Propiedad. Este trámite garantiza que las parcelas segregadas sean reconocidas oficialmente y puedan ser utilizadas según los intereses del propietario.
En resumen, obtener una segregación de fincas en Castellón implica contar con la ayuda de un técnico, presentar el proyecto al Ayuntamiento y registrar las nuevas parcelas. Contar con asesoramiento especializado es clave para que el proceso sea ágil y cumpla con la normativa vigente.
¿Cuánto cuesta realizar la segregación de fincas en Castellón?
Se han solicitado 25 presupuestos de segregación de fincas en Castellón . El precio mínimo son 500€ y el precio máximo son 2000€, a los que hay que sumarle el IVA y las tasas administrativas de registro, que varían dependiendo de la comunidad autónoma.
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administrativas. Nuestros precios lo llevan todo incluido.
· Cada técnico estipula sus honorarios por el servicio. Pide presupuesto sin compromiso
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· El presupuesto puede variar mucho dependiendo de algunos factores determinantes, como la
localización y tamaño de la vivienda o inmueble.
¿Te surgen más dudas sobre segregación de fincas? Nosotros te las resolvemos
- Encargar un proyecto de segregación de fincas a un técnico competente
- Solicitar la licencia en el ayuntamiento, o declaración de innecesariedad
- Hacer la escritura en el notario
- Inscribir la nueva finca en el Registro de la Propiedad, que lo puede hacer la propia notaría
- “Ley 13/2015, de 24 de junio, de Reforma de la Ley Hipotecaria aprobada por Decreto de 8 de febrero de 1946 y del texto refundido de la Ley de Catastro Inmobiliario, aprobado por Real Decreto Legislativo 1/2004, de 5 de marzo”.
- Ley del Suelo autonómica correspondiente, además de la Ley del Suelo 8/2007, de carácter estatal.
- Planeamiento municipal vigente: Plan General de Ordenación Municipal o Normas Subsidiarias